Economía y Empresas
Por Decreto Legislativo 713

Quienes trabajen durante feriados por Semana Santa deberán recibir pago triple

La norma que rige la disposición será efectiva para trabajadores del sector público y privado.

Preste atención: quienes trabajen durante los días feriados por Semana Santa, tendrán que cobrar el triple de remuneración, tal como lo dispone el Decreto Legislativo 713. De esta manera, tanto los trabajadores del sector público y privado que laboren en día feriado, sin descanso sustitutorio en otra fecha, tendrán derecho a percibir tres remuneraciones diarias.

La información fue dada a conocer por la Cámara de Comercio de Lima (CCL), tal como los establece el artículo 8 del citado decreto que aclara que, por el feriado no laborable, los trabajadores tienen derecho a percibir la remuneración ordinaria que corresponde a un día de trabajo.

Asimismo, el artículo 9 de la norma dispone que, si el trabajador labora en día feriado, sin descanso sustitutorio en otro día, tiene derecho al pago de la remuneración diaria más una sobretasa del 100 por ciento.

Es decir, si el trabajador labora el jueves o viernes santo, sin descanso sustitutorio, percibirá: (i) una remuneración diaria por el feriado, (ii) una segunda remuneración por el trabajo realizado y (iii) una tercera remuneración adicional por haber laborado en día feriado.

Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL manifestó que "por Semana Santa son feriados nacionales no laborables el jueves 29 y viernes 30 de marzo, días que sin laborar son pagados por los empleadores".

Zavala explicó que si el trabajador percibe una remuneración diaria de 50 soles y no labora en los feriados mencionados percibirá por cada uno de ellos 50 soles. En tanto, si se labora en feriado con descanso sustitutorio en otro día se le pagará solo 50 soles por cada feriado (que viene incluido en su pago semanal, quincenal o mensual).

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